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MEJORANDO LA SEGURIDAD VIAL CON ENFOQUE EN LA PREVENCIÓN Y LA ATENCIÓN DE LAS VÍCTIMAS
Comentarios desactivados en MEJORANDO LA SEGURIDAD VIAL CON ENFOQUE EN LA PREVENCIÓN Y LA ATENCIÓN DE LAS VÍCTIMASPublicado en NoticiasMay 8, 2023
Perú cuenta con un parque automotor vehicular estimado de 7,7 millones de vehículos que comparado con su población (33,5 millones de habitantes) registra una tasa de motorización de 229.4 por mil habitantes. Aún cuando dicha tasa es menor que el promedio registrado para nueve países[1] de Sur América (416,6), registra después de Colombia la mayor participación de motocicletas. Al cierre de 2021, se estiman 4,5 millones de motos en el país lo que representa un 58,6% del total de vehículos circulando.
Según cifras del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, al cierre del 2021 Perú registró 2,772 fatalidades al año por siniestros de tránsito y 49,519 lesionados por la misma causa. La Organización Mundial de la Salud estima una tasa de fatalidades de 13,5 por cada cien mil habitantes.
Para brindar atención a las víctimas de siniestros de tránsito, la Ley 27181, modificada por la Ley 28839, estableció en el Perú la obligación a todo vehículo automotor que circule en el territorio de la República contar con una póliza de seguros vigente del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito – SOAT o certificados contra accidentes de tránsito – CAT.
Un estudio realizado por el programa Movernos Seguros, iniciativa del Banco Interamericano de Desarrollo – BID y la Federación Internacional del Automóvil – FIA, conjuntamente con la Federación Interamericana de Instituciones de Seguros – FIDES demostró que Perú cuenta con un bajo nivel de cumplimiento de esta medida. Al cierre de 2021 se registraron 3,5 millones de pólizas SOAT que comparado con el parque vehicular presenta un nivel de cumplimiento del 45%[2] del total del parque automotor.
A pesar del nivel de cumplimiento, las compañías de seguros desembolsaron cerca de S/ 270 millones (USD 76 millones[3]) para la atención de las lesiones e indemnizaciones por fatalidades con cargo al SOAT, 70% de los cuales se destinaron al pago de gastos médicos por la atención de víctimas no fatales.
Perú es uno de los países beneficiarios del programa Movernos Seguros, que busca el mejoramiento de la seguridad vial desde la creación o el fortalecimiento de los seguros obligatorios de vehículos en América Latina y el Caribe. Para cumplir su propósito, Movernos Seguros convoca talleres de trabajo de diseño ágil en los que participen instituciones públicas, entidades privadas, club de la FIA, víctimas y otros actores clave, en un proceso de exploración y priorización, creación de soluciones e implementación.
La casa Inca celebró talleres Movernos Seguros en octubre de 2021 y septiembre de 2022, este último con la participación del Ministerio de Transporte, Ministerio de Salud, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, la Superintendencia Nacional de Salud, el Fondo SOAT (MTC), la Defensoría del Pueblo, la Asociación Nacional de AFOCAT, la Asociación Peruana de Empresas de Seguros, el Touring Automovil Club de Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo, para abordar los componentes de exploración y creación de soluciones.
Dentro de los ejes de trabajo, los asistentes destacaron la necesidad de revisar las coberturas para las víctimas de siniestros de tránsito, en especial de los eventos con vehículos no asegurados o no identificados. Si bien Perú cuenta con el Fondo de Compensación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, que se financia con el 1% de las primas del SOAT y el pago de los CATs, la cobertura del fondo estaba limitada a gastos por atención médica y gastos de sepelio.
En octubre de 2022, luego de la realización del taller Movernos Seguros, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emitió el Decreto Supremo 017 de 2022, que introdujo modificaciones a la operación del mencionado Fondo ampliando las coberturas para las víctimas de siniestros de tránsito causadas por vehículos no asegurados o no identificados. Así las cosas, además de las previsiones para gastos de salud y gastos de sepelio, el Fondo de Compensación otorga indemnización por invalidez permanente o incapacidad temporal en favor de la víctima o indemnización por fallecimiento en favor de los familiares de la víctima, hasta los límites de cobertura contemplados en el SOAT o CAT.
Con los cambios introducidos, para 2023 además de las 5 UIT (S/ 24,750) dispuestos por persona, relativos a gastos de atención hospitalaria, quirúrgica, farmacéutica y otros necesarios para el tratamiento y rehabilitación de la víctima y una (1) UIT (S/ 4,950) para gastos de sepelio, el fondo reconoce hasta cuatro UIT (S/ 19,800) para indemnización por invalidez permanente, una UIT (S/ 4,950) por incapacidad temporal y cuatro UIT (S/ 19,800) de indemnización por fallecimiento de la víctima.
Como lo destaca “El Peruano”, el servicio a las víctimas no exime la responsabilidad penal de los conductores que abandonan a las víctimas de siniestros de tránsito a quienes se aplicará las sanciones contempladas en el artículo 408 del Código Penal para estos casos, que incluyen la privación de la libertad y la cancelación de la licencia de conducción (brevete).
Actualmente Perú trabaja en mecanismos que permitan reducir los actuales niveles de evasión en la contratación del SOAT / CAT y programas de comunicación que fortalezcan la importancia de comportamientos seguros en la vía, el conocimiento de los peruanos en torno a estos mecanismos, y la forma para acceder a las indemnizaciones en caso de ser requerido.
El Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito SOAT y el CAT, son instrumentos que brindan la protección requerida por las víctimas de siniestros de tránsito en el Perú.
[1] Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Perú, Paraguay y Uruguay.
[2] No incluye información del CAT por no estar disponible.
[3] Calculado con la tasa de cambio promedio soles a dólares americanos año 2021